INNOVAProD-CV: Proyectos de innovación en el desarrollo de nuevos productos que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto. Los proyectos tendrán como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante, siempre que la novedad o mejora planteada represente un avance relevante para la empresa y que no se encuentre disponible de forma generalizada en el sector al que pertenece la empresa.
INNOVAProC-CV: Proyectos de innovación para el desarrollo de nuevos procesos que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.
INNOVATeiC-CV: Proyectos de innovación en el desarrollo de soluciones TEICs, que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto. Los proyectos tendrán como objeto el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones. El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o soluciones, preparadas para su comercialización a terceros.
Plazos que existen para la solicitud
El plazo de solicitud es desde el 11/02/2025 hasta el 25/03/2025.
En qué consiste la ayuda
a) El presupuesto subvencionable del proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 €.
b) La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
– Pequeña empresa: 45%
– Mediana empresa: 35% proyectos con un presupuesto menor.
Qué gastos o acciones me cubre
1. INNOVAProD-CV:
a) Servicios externos:
– Servicios de consultoría y asistencia técnica de los indicados a continuación para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.
– Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, así como marcado CE y otras formas de homologación. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con registros y homologaciones derivados de la ejecución del proyecto de nuevo desarrollo.
b) Adquisición de activos inmateriales:
– Adquisición de patentes y licencias: costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
– Software necesario para el desarrollo de los nuevos productos. Se considerarán dentro de este concepto tanto licencias de software, como desarrollo de aplicaciones y costes por uso de aplicaciones vinculadas al desarrollo del proyecto.
c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Se limita el coste horario de personal propio subvencionable a 50 €/hora como máximo. A efectos de concesión, el coste máximo subvencionable en este concepto será 50.000 €.
d) Adquisición de activos materiales: adquisición o adaptación y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo, servicios y suministros materiales necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.
e) Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención, por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 €, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
2. INNOVAProC-CV:
a) Servicios externos: servicios de consultoría y asistencia técnica.
b) Adquisición de activos inmateriales: será elegible el software de control, de captación de datos, de gestión de indicadores y cuadros de mando relacionados con el desarrollo del proyecto, y el software relacionado con la implantación de nuevos procesos. Se considerarán dentro de este concepto tanto licencias de software, como desarrollo de aplicaciones y costes por uso de aplicaciones, incluyendo en cualquier caso los servicios de análisis, parametrización e instalación. NO se considerará elegible la adquisición e implantación de software de gestión tipo ERP.
c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Se limita el coste horario de personal propio subvencionable a 50 €/hora como máximo. A efectos de concesión, el coste máximo subvencionable en este concepto será 50.000 €.
d) Adquisición de activos materiales.
e) Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención, por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
3. INNOVATeiC-CV:
a) Servicios externos:
– Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, relacionados directamente con el desarrollo de las nuevas soluciones.
– Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones.
b) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software que resulten integradas en el producto final. NO son financiables los servicios de alojamiento o infraestructura en Cloud, ni las herramientas software necesarias para el trabajo propio de las personas creadoras de la solución.
c) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. Se limita el coste horario de personal propio subvencionable a 50 €/hora como máximo. A efectos de concesión, el coste máximo subvencionable en este concepto será 125.000 €.
d) Adquisición de activos materiales: componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo.
e) Gastos para la elaboración del informe de revisión de cuenta justificativa de la subvención, por persona auditora o empresa inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 €, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
Plazos de ejecución de la ayuda
El proyecto objeto de ayuda deberá haberse iniciado a partir del 1 de enero de 2025, pero no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.