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Programa de bonos de conectividad “ÚNICO Demanda bono PYME"

El «Bono Único para PYMES» del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, tiene por objetivo mejorar la conectividad de las pequeñas y medianas empresas,  permitiéndoles acceder a servicios de Internet de banda ancha con una velocidad mínima de 100 Mbps y servicios asociados como WiFi profesional, telefonía corporativa y centralitas virtuales. La ayuda máxima se establece en 3.000 euros, y el plazo de presentación  finaliza el 30/12/2024.

¿Quién puede pedirla?

Las pequeñas empresas y microempresas de 0 a menos de 50 trabajadores y las personas en situación de autoempleo.

– Deberán tener domicilio fiscal en territorio español o disponer de un establecimiento o de una sucursal en España en el momento en que se hagan efectivas las ayudas.

– El plazo para contabilizar la plantilla media de trabajadores del Régimen General (Seguridad Social) será el correspondiente a los últimos 12 meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda Plazos para la solicitud El plazo de presentación de solicitudes será desde el 10 de septiembre de 2024 a las 11:00 horas hasta el 30 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas.

¿En qué consiste la ayuda?

El importe final de la ayuda de «Bono PYME» para la beneficiaria de la misma será el siguiente:

a) El 50% del coste subvencionable de la contratación y prestación de la solución de acceso a Internet de banda ancha de 100 Mbps que hubiera contratado durante los 12 meses de duración del bono.

b) El 100% del coste subvencionable de la contratación y prestación de los servicios asociados contratados durante los 12 meses de duración del bono.

El importe máximo de la ayuda que podrá percibir la beneficiaria por el conjunto de servicios y soluciones de conectividad que contrate con uno o más Prestadores de Servicios adheridos y por la totalidad del período de prestación de la ayuda será de 3.000 euros, sumados los importes individuales de todos los servicios contratados. 

Importes individuales máximos

¿Qué gastos cubre?

Los gastos en que incurra la beneficiaria de una ayuda del Programa «Bono PYME» a consecuencia de la contratación de los servicios de que se trate. Las soluciones financiadas por los bonos de conectividad de «Bono PYME» son de dos tipos:

a) Un acceso a Internet en redes de banda ancha, con una velocidad de descarga de 100 Mbps o superior, en aquellas sedes de la beneficiaria de las ayudas que no tuvieran un acceso de tales características en el momento de formular la solicitud de éstas ni hubieran dispuesto de él durante los tres meses anteriores a la solicitud.

b) Uno, varios o un conjunto de servicios asociados.

Debes saber

Los bonos de conectividad para PYME podrán aplicarse en todo el territorio del Estado español, en un municipio, en una provincia o en un grupo de éstos o éstas.

El plazo para la formalización de los contratos de prestación de servicios y soluciones de conectividad entre los beneficiarios de «Bono PYME» y los Prestadores de Soluciones y Servicios Adheridos se iniciará el día siguiente al de publicación de la Convocatoria y concluirá el 30 de diciembre de 2024, fecha de cierre de plazo de solicitud de las ayudas.

Una vez formalizado el correspondiente contrato de servicios y soluciones de conectividad, mediante acuerdo privado previo a la solicitud de la ayuda cuyos datos se harán constar en el formulario de solicitud en el que se formaliza dicho acuerdo, se iniciará la ejecución de la actividad subvencionada que se prestará durante, al menos, los 12 meses de período subvencionable. La prestación del servicio se podrá computar desde el día de presentación de la solicitud de la ayuda y deberá concluirse dentro del período de 15 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión de la ayuda.